El Gobierno de España, aprobará en los próximos días de manera urgente y con vigencia para el ejercicio del año 2022 este nuevo impuesto que pretende gravar a aquellos contribuyentes cuyo patrimonio exceda de los limites exentos en el Impuesto sobre el Patrimonio que se encuentran regulados por cada una de las Comunidades Autónomas.
Este nuevo impuesto afectará tanto a los ciudadanos Residentes fiscalmente en España y también a los NO Residentes.
Para el cómputo del Patrimonio personal de cada contribuyente se atendrá a la normativa estatal del impuesto y, por tanto, en dicho cómputo se incluirán tanto los bienes inmuebles, las participaciones accionariales (acciones y participaciones en entidades), así como cualquier otro tipo de producto financiero (depósitos de efectivo en cuenta corriente) y por supuesto el resto de bienes muebles (vehículos, embarcaciones, joyas, etc.).
En principio, y por el borrador de la propuesta que se enviará al Congreso de los Diputados se pretende gravar el total de Patrimonio que exceda de 3.000.000 €.
- En un primer tramo impositivo entre 3 M y 5,3 M de euros se aplicará un tipo de gravamen del 1,7%.
- En el segundo tramo impositivo entre 5,3 M y 10,7 M de euros se aplicara un tipo de gravamen de 2,1%.
- Y por último, en el tercer tramo, todos los patrimonios superiores a 10,7 M de euros les será de aplicación un gravamen del 3,5%.
Se prevén distintas reacciones mediante recursos por parte de las distintas Comunidades Autónomas afectadas (principalmente Madrid, Andalucia y Murcia)
Algunos contribuyentes empiezan a plantearse la deslocalización de sus bienes o su residencia dentro del Estado español, pero nuestro consejo es CAUTELA, pues ese tipo de operaciones pueden verse truncadas en base a distintos aspectos de leyes concordantes como las de IRPF, SOCIEDADES y la propia Ley Estatal de PATRIMONIO.